Trabajadores independientes

Autónomos: inscripción, categoría y seguimiento de obligaciones.

Revisamos el encuadre, gestionamos la inscripción cuando corresponde y acompañamos el cumplimiento periódico.

Para quién es

Primero entendemos
tu situación.

El régimen de Autónomos suele alcanzar a determinadas personas que desarrollan actividades independientes, especialmente cuando se encuentran en el régimen general. Es habitual su relación con responsables inscriptos, aunque el encuadre debe revisarse en cada caso.

Qué incluye

Un alcance claro,
sin vueltas.

Antes de comenzar definimos qué tareas forman parte del servicio y cuáles requieren un trabajo adicional.

01

Análisis e inscripción

Revisamos la actividad y realizamos el alta cuando el encuadre lo requiere.

02

Categoría

Controlamos la categoría informada y evaluamos cambios cuando corresponden.

03

Generación de VEP

Preparamos el volante de pago dentro del seguimiento acordado.

04

Control de obligaciones

Revisamos vencimientos, pagos y posibles inconsistencias de la cuenta.

05

Coordinación impositiva

Relacionamos Autónomos con la gestión de IVA y Ganancias para mantener una visión completa.

Cómo trabajamos

De la consulta
al seguimiento.

  1. 1

    Revisamos la actividad

    Identificamos el tipo de trabajo, las inscripciones vigentes y la fecha de inicio.

  2. 2

    Definimos el encuadre

    Confirmamos si corresponde Autónomos y qué categoría requiere análisis.

  3. 3

    Regularizamos o damos de alta

    Realizamos la gestión inicial necesaria según el estado encontrado.

  4. 4

    Seguimos la obligación

    Controlamos el calendario y generamos los pagos incluidos en el servicio acordado.

Información necesaria

Te pedimos sólo
lo que hace falta.

La lista final depende de tu situación. Como punto de partida, habitualmente necesitamos:

  • CUIT y acceso fiscal cuando sea necesario.
  • Descripción de la actividad y fecha de inicio.
  • Constancias de inscripciones actuales.
  • Pagos anteriores o estado de cuenta disponible.
  • Información sobre IVA, Ganancias y participación en sociedades si corresponde.

Preguntas frecuentes

Antes de
consultarnos.

¿Autónomos es lo mismo que Monotributo?+

No. Son regímenes diferentes. Autónomos suele relacionarse con actividades independientes dentro del régimen general, pero el caso debe analizarse.

¿Todo responsable inscripto paga Autónomos?+

No se debe asumir automáticamente. Revisamos la actividad y la situación personal para confirmar el encuadre.

¿Pueden generar el VEP todos los meses?+

Sí, puede incluirse dentro del seguimiento periódico que acordemos.

¿También revisan deuda anterior?+

Sí. Podemos analizar pagos y períodos pendientes para definir una regularización separada de la gestión corriente.

Siguiente paso

Contanos tu situación.
Te respondemos claro.

Revisamos qué necesitás y te explicamos el alcance del trabajo antes de comenzar.

Hablemos por emailAtención remota en Argentina